Desde el punto de vista médico, la sentencia del caso Contador no hay por donde cogerla. Las argumentaciones del TAS obedecen más a decisiones políticas que a criterios médico-científicos, que son los que deben definir este tipo de situaciones. La AMA debe de establecer las normas de acuerdo a los criterios médico-científicos, y no doblegarse por intereses personales, en conveniencias políticas. Desde que se inició el proceso, han sido varios los estudios de prestigiosas universidades que han demostrado que la ingesta de carne contaminada podía producir esas minúsculas cantidades de clembuterol en la muestra, pero que en modo alguno afectaba al rendimiento deportivo.

Esto tiene que ser motivo para modificar el reglamento y cuantificar la sustancia, como ya ha ocurrido en otras ocasiones. Esto ocurrirá, seguro, pero ahora, no es políticamente correcto para la AMA. Y se condena al corredor, por consumir un suplemento alimenticio contaminado, sin especificar cuál es el producto responsable. Ahí es nada. En la justicia ordinaria hay que demostrar la culpabilidad, en la deportiva, la inocencia.

Consulta el artículo en el Diario AS: http://opinion.as.com/opinion/2012/02/07/portada/1328644563_850215.html